Entendemos la Procura como un servicio público que debe estar al alcance de tod@s Artículo 152.1 LEC: “el/la solicitante deberá expresar si interesa que todos los actos de comunicación se realicen por su Procurador@” [forminator_form id=”53″] Algo sobre la Comunicación Judicial Por qué Comunicar nosotros??? Autor José Luis Ver todas las entradas